Constitution of the National Council of Citizen Participation and Strengthening Civil Society (CL0028)
Overview
At-a-Glance
Action Plan: Chile Plan de Acción 2014-2016
Action Plan Cycle: 2014
Status:
Institutions
Lead Institution: Ministerio Secretaría General de Gobierno
Support Institution(s): Ministerio Secretaría General de la Presidencia Redes Sociales de Corporaciones, Fundaciones, ONGs, Mesa de Seguimiento, Redes de Organizaciones Territoriales y Funcionales.
Policy Areas
Capacity Building, Public ParticipationIRM Review
IRM Report: Chile End-of-Term Report 2014-2016, Chile Progress Report 2014-2015
Early Results: Marginal
Design i
Verifiable: Yes
Relevant to OGP Values: Yes
Ambition (see definition): High
Implementation i
Description
Status quo o problema que se quiere resolver: Participación Ciudadana carente de llevarse adelante con un enfoque de derechos y de manera transversal.
Objetivo principal: Promover y difundir el Derecho a la Participación Ciudadana y fiscalizar a los Órganos Públicos para el cumplimiento de esta obligación.
IRM End of Term Status Summary
Compromiso 9. Constitución del Consejo Nacional de Participación Ciudadana y Fortalecimiento de la Sociedad Civil.
Texto del compromiso
Promover y difundir el Derecho a la Participación Ciudadana y fiscalizar a los Órganos Públicos para el cumplimiento de esta obligación.
Institución responsable: Ministerio Secretaría General de Gobierno
Instituciones de apoyo: Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Redes Sociales de Corporaciones, Fundaciones, ONG, Mesa de Seguimiento, Redes de Organizaciones Territoriales y Funcionales.
Fecha de inicio: julio 2014 Fecha de cierre: julio 2016
Objetivo del compromiso
Crear el Consejo Nacional de Participación Ciudadana y Fortalecimiento de la Sociedad Civil a través de la firma de un decreto presidencial.
Cumplimiento
Medio término: Limitado
Hasta la fecha de elaboración del informe de medio término, el Consejo Nacional de Participación Ciudadana no había sido conformado y el cumplimiento de las demás actividades del compromiso se había complejizado, principalmente por diferentes visiones políticas sobre el Consejo, sus objetivos y atribuciones.
En relación con la creación de un equipo para el diseño de la estructura, si bien el encargo estaba radicado en el gabinete de la Secretaría General de la Presidencia, no había información sobre la creación de este equipo. El proceso de adecuaciones reglamentarias estaba en marcha pues estaba el decreto para la firma de la Presidenta. A la fecha de cierre del informe de medio término, el decreto no había sido firmado.
Sobre la designación de los miembros del Consejo, el borrador de decreto contemplaba la participación de 30 a 35 integrantes, representantes de la sociedad civil y autoridades del Poder Ejecutivo. Frente a la validación de la cuenta pública de participación ciudadana y la elaboración de planes de acción ministeriales, estas actividades no se habían iniciado.
El proceso para el cumplimiento de este compromiso fue lento y en varias ocasiones las organizaciones de la sociedad civil que estaban en proceso de diálogo con el Gobierno para lograr la creación del Consejo declararon que éste no tenía la diligencia necesaria para implementar este compromiso.
Fin de término: Sustancial
En cumplimiento a las tres primeras actividades dispuestas en el compromiso, el Consejo Presidencial para la Participación Ciudadana y el Fortalecimiento de la Sociedad Civil se constituyó mediante decreto del 14 de enero de 2016 http://consejoparticipacion.cl/content/uploads/2016/05/Decreto-Consejo-Nacional-de-Participacio%CC%81n-con-VB-CGR.pdf y cuenta con un reglamento para su funcionamiento http://consejoparticipacion.cl/content/uploads/2016/07/REGLAMENTO-MODIFICADO-ART-4-Y-13-1.pdf . Asimismo, la validación de la cuenta pública de participación ciudadana se realizó el 28 de diciembre de 2015, dando así cumplimiento a la cuarta actividad mencionada en el compromiso.
En relación con los planes de acción ministeriales, se encuentra en desarrollo un proceso amplio de levantamiento de información sobre la situación de la participación ciudadana, mediante audiencias públicas http://consejoparticipacion.cl/audiencias-publicas/ , grupos focales, diálogos participativos en todas las regiones del país y una consulta virtual de carácter nacional que entregará elementos para proponer esos planes de mejoramiento en los ministerios http://consejoparticipacion.cl/envia-tu-opinion/ . Este proceso se encuentra bajo la responsabilidad del Consejo. De esta manera, esta actividad no se ha completado, aunque está en marcha mediante un proceso que demandará más tiempo que el inicialmente contemplado. El Consejo también ha realizado quince diálogos participativos http://consejoparticipacion.cl/dialogos-participativos/ para evaluar el estado actual de la participación ciudadana y proponer a la Presidenta de la República cambios legislativos que permitan mejorar la incidencia de la ciudadanía en los asuntos públicos y mejorar las condiciones que ofrece el Estado para el fortalecimiento de la sociedad civil.
¿Se avanzó en la apertura del gobierno?
Acceso a la información: Marginalmente
Participación ciudadana: Marginalmente
Rendición de cuentas públicas: No cambió
Este compromiso buscaba fortalecer la incidencia de la ciudadanía en los asuntos públicos a través de la creación e institucionalización de una instancia de participación central y nacional.
El Consejo de Participación Ciudadana se creó como un órgano asesor de la Presidenta de la República, compuesto por actores de la sociedad civil con reconocida trayectoria en el tema. En este sentido, cumple con una función consultiva y pretende ser un instrumento que entregue recomendaciones al gobierno para implementar mejoras en la institucionalidad y en el funcionamiento de los mecanismos de participación, así como dar sugerencias para el fortalecimiento de la sociedad civil.
Este Consejo es una instancia que se suma a aquellas otras instancias de participación establecidas en la Ley 20.500. Sin embargo, es diferente a estas instancias definidas por la Ley, ya que el Consejo se trata de una instancia de nivel nacional, que se pretende que en el futuro éste se institucionalice y defina la forma de elegir a las personas que lo integrarán.
Respecto a la transparencia y acceso a la información, el Consejo adoptó una práctica de publicar en su página web, documentos, las actas y acuerdos de este cuerpo colegiado.
En cuanto a la práctica de rendición de cuentas públicas, hasta el momento el Consejo no ha entregado recomendaciones al gobierno de las cuales se pueda asignar responsabilidades o hacer seguimiento a las acciones de las autoridades. Se espera que al final de su mandato, en enero de 2017, el Consejo entregue el primer informe sobre el estado de la participación ciudadana en Chile y una propuesta de estándares para evaluar en el futuro su nivel de avance http://www.opengovpartnership.org/wp-content/uploads/2001/01/Chile_Informe-Autoevaluacion-fin-de-termino_Plan-de-Accion2014-2016.pdf .
La investigadora del MRI estima que los resultados concretos de este compromiso se podrán apreciar una vez que el Consejo entregue sus recomendaciones y éstas se pongan en marcha.
Las organizaciones de la sociedad civil consultadas por la investigadora del MRI opinaron que el cambio en la practica gubernamental en este aspecto es marginal pues si bien se instaló el Consejo de Participación Ciudadana, este Consejo es provisorio y los resultados de los encargos que se le hicieron -evaluar la ley y hacer propuestas en la materia- se entregarán en el mes de enero de 2017.
¿Se llevó adelante?
Este compromiso no ha sido incorporado en el borrador del tercer plan de acción 2016-2018 del Gobierno de Chile.