Revision of Article 81 of the Asemblea (PA0012)
Overview
At-a-Glance
Action Plan: Panama, Segundo Plan de Accion, 2015-2017
Action Plan Cycle: 2015
Status:
Institutions
Lead Institution: Asamblea Nacional (AN)
Support Institution(s): Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (ANTAI) Lcdo. Ricardo Herrera (Fundación Generación Sin Límite), Lcda. Annette Planells (MOVIN), Ing. Ileana Molo (Organización Afropanameña Soy), Lcdo. Carlos Gasnell Acuña (Fundación para el Desarrollo de la Libertad Ciudadana - TI), Lcda. Karla Pinder (Alianza Ciudadana Pro Justicia)
Policy Areas
Fiscal Openness, Open Parliaments, Participation in Lawmaking, Public Participation, Public Participation in Budget/Fiscal Policy, RegulationIRM Review
IRM Report: Panama End-of-Term Report 2015-2017, Panama Mid-Term Progress Report 2015-2017
Early Results: Did Not Change
Design i
Verifiable: Yes
Relevant to OGP Values: Yes
Ambition (see definition): High
Implementation i
Description
Considerar ampliar los canales de participación dentro de la Comisión de Presupuesto de la Asamblea Nacional. Revisión del artículo 81 del reglamento interno de la Asamblea Nacional.
IRM End of Term Status Summary
Compromiso 7. Revisión del reglamento de la Asamblea Nacional
Texto del compromiso:
Revisión del artículo 81 del reglamento interno de la Asamblea Nacional
Hitos:
7.1 Revisión del artículo 81 del reglamento interno de la Asamblea Nacional.
7.2 Elaborar un informe de los resultados de las reuniones sostenidas.
Institución responsable: Asamblea Nacional
Institución (es) de apoyo: N/A
Fecha de inicio: agosto de 2015 Fecha final: septiembre de 2016.
Objetivo del compromiso
El artículo 81 del reglamento interno de la Asamblea Nacional define la regularidad de las sesiones de la Comisión de Presupuesto, encargada de asignar las partidas del presupuesto estatal y definir sus prioridades, el carácter reservado de estas y los puestos públicos cuyos titulares podrán asistir con voz, pero no con voto[Note59: Reglamento Orgánicodel Régimen Internode la Asamblea Nacional, 1984.Artículo 81. Carácter de las sesiones y funcionarios con derecho a voz. Las sesiones de la Comisión de Presupuesto serán diarias, tendrán carácter reservado y a ellas podrán concurrir con voz, pero sin voto, los diputados o diputadas, los ministros o ministras de Estado, los magistrados o magistradas de la Corte Suprema de Justicia y el contralor o contralora general de la República. Los diputados o diputadas solamente tendrán derecho a proponer modificaciones, sin alterar la cifra total del presupuesto.].
Con este compromiso se pretendía aumentar la participación dentro de dicha Comisión para que incluyera a organizaciones de la sociedad civil, de manera que estas pudieran fiscalizar tanto su proceso de ejecución como de aprobación.
También se quería revisar el carácter reservado de las sesiones para darles mayor apertura y facilitar el acceso al contenido de la discusión y los temas tratados en ellas.
Cumplimiento
Medio término: No Iniciado
Al momento de concluir el período evaluación del Informe de Medio Término no se habían realizado acciones tendentes a la revisión o reforma del artículo 81 del reglamento interno de la Asamblea Nacional, por lo que el compromiso se calificó como no iniciado.
De acuerdo con Carlos Delgado y Elvia Sánchez[Note60: Informe de Medio Término Panamá 2015-2017. Entrevistados por la investigadora el 18 de agsto de 2016.], funcionarios de la Asamblea Nacional asignados como responsables del presente compromiso, su cumplimento es potestad exclusiva de los diputados, por lo que calificaron su rol como exclusivamente de portavoces.
Durante las entrevistas realizadas para el Informe de Medio Término, tanto Karla Pinder, de Alianza Ciudadana Pro Justicia, como Carlos Gasnell, de Fundación para el Desarrollo de la Libertad Ciudadana; Annette Planells, de MOVIN; Ileana Molo, Afropanameña Soy, y Nelly Valdivieso y Ricardo Herrera, de Generación Sin Límite[Note61: Informe de Medio Término Panamá 2015-2017. Entrevistados por la investigadora el 22 de agsto de 2016.]fueron del criterio de que no existe voluntad política para permitir un mayor acceso de los ciudadanos a esta comisión.
Fin de término: Sustancial
El 10 de enero de 2017, el diputado Rubén de León Sánchez presentó ante la Asamblea Nacional el proyecto de Ley N.º 423, que pretende reformar varios de los artículos de la ley 49 de 1984, que adopta el Reglamento Orgánico del Régimen Interno de la Asamblea Nacional.
Dentro de esta propuesta de reforma se incluye eliminar el carácter reservado de las sesiones de la Comisión de Presupuesto al que hace referencia el artículo 81, exceptuando aquellas que traten temas relacionados con la seguridad nacional. “Con esta propuesta estamos garantizando la transparencia de la Asamblea”[Note62: Secretaría General de la Asamblea Nacional, proyecto de Ley 423 que reforma artículos de la ley 49 de 1984 que adopta el Reglamento Orgánico del Régimen Interno de la Asamblea Nacional, propuesto por Rubén de León Sánchez. 10 de enero de 2017.], afirma el documento. También propone incluir en el sitio electrónico de la Asamblea Nacional las actas de las comisiones y las del pleno en un plazo no mayor a las 24 horas, luego de ser corregidas y aprobadas.
En relación con prácticas de participación, propone agilizar el procedimiento para la gestión de las propuestas de ley ciudadanas, estableciendo que estas sean objeto de un informe técnico jurídico que evaluará y corregirá los aspectos formales establecidos por la Ley para su correcta presentación en el Congreso. Estas propuestas ciudadanas recibirían una prelación dentro del orden del día de las Comisiones Permanentes, para ser incluidas en él con la finalidad que los diputados decidan si serán acogidas o rechazadas. De ser aprobadas, se convertirían en proyecto de ley y recibirían el mismo tratamiento que todos los demás proyectos por discutir. Adicionalmente, se promovería que el proponente participe en conjunto con la Dirección de Participación Ciudadana en todo el proceso parlamentario, con derecho a voz en todos los debates de la Ley.
Durante el Primer Debate, la Comisión acordó aprobar la creación de una subcomisión que revisaría el borrador propuesto y haría las modificaciones necesarias para su presentación nuevamente ante los comisionados.
Estas acciones cumplen con la revisión planteada por el compromiso, pero no se contó con el informe sobre el resultado de las reuniones sostenidas por el grupo que revisaría el artículo 81 del reglamento interno de la Asamblea, planteado en el segundo hito. Por ese motivo se considera que el compromiso logró un nivel de cumplimiento sustancial.
La Asamblea Nacional implementó este compromiso sin involucrar a la sociedad civil o a la Comisión de gobierno abierto durante el desarrollo de la propuesta de reforma. Sin embargo, este se compartió con algunas organizaciones una vez redactada. “La propuesta presentada para reformar el Reglamento Orgánico del Régimen Interno de la Asamblea Nacional era un buen paso, y llenaba algunas de nuestras expectativas, pero no se llevó a cabo. Se redactó el documento que ahora debe ser aprobado por los diputados, que en este caso son juez y parte”, consideró Leah Cedeño, directora de MOVIN[Note63: Entervista realizada por el investigador IRM el 14 de abril de 2018, Ciudad de Panamá.].
El proyecto se presentó a la comisión legislativa respectiva, pero esta no llegó a aprobarlo.
¿Se avanzó en la apertura del Gobierno?
Acceso a la información: No cambió
Las reformas planteadas descritas, anteriormente incluidas en el proyecto de Ley N.º 423, que pretende reformar varios de los artículos de la ley 49 de 1984, que adopta el Reglamento Orgánico del Régimen Interno de la Asamblea Nacional, son claramente relevantes para generar prácticas de gobierno abierto, tanto en acceso a la información, valor por el que este compromiso se consideró relevante, como para la participación ciudadana, aspecto en el que el compromiso no ayudaría, según como se redactó, pero que sí lo hizo en la práctica.
Sin embargo, al no haber aún aprobado la Comisión tales reformas y, por lo tanto, no constituir todavía un proyecto de ley, es muy temprano para observar sus efectos en la actuación de la Comisión de Presupuesto. En consecuencia, de momento no se han modificado sus prácticas de apertura.
¿Se incorporó en el siguiente plan?
Este compromiso no se incluyó en el plan 2017-2019.