Creation of the Spanish Council on Drug Dependence (ES0022)
Overview
At-a-Glance
Action Plan: Spain Action Plan 2014-2016 (Spanish)
Action Plan Cycle: 2014
Status:
Institutions
Lead Institution: Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad; Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas
Support Institution(s): NA
Policy Areas
Health, Public Participation, Public Service DeliveryIRM Review
IRM Report: Spain End-of-Term Report 2014-2016, Spain Progress Report 2014-2015
Early Results: Marginal
Design i
Verifiable: Yes
Relevant to OGP Values: Yes
Ambition (see definition): High
Implementation i
Description
Creation of a participatory council for defining policies on drug dependence and other addictions. The creation of the Spanish Council on Drug Dependence is a measure to rationalise and reorganise the collegiate bodies under the Government Delegation for the National Plan on Drugs. It will enable the reduction in the number of said bodies, while at the same time increasing participation in the definition of drug policies by sectors that had never been represented in any such bodies, thus complying with UN and EU recommendations to promote citizen participation.
2. Its creation will take place during the parliamentary procedure for enacting the Public Sector Reform Act, and at the same time, the Inter-ministerial Group for the National Plan on Drugs and the Advisory Council of the Spanish Observatory on Drugs and Drug Addictions will disappear.
3. Once the aforementioned Act is approved, the composition of said State Council will be stipulated through implementing regulations, namely in a Royal Decree.
4. The current plan is for the Royal Decree stipulating the aspects regarding the State Council to incorporate four permanent working groups and a plenary, with the following level of representation:
Working groups: In all of them there will be at least one official from the Government Delegation for the National Plan on Drugs, and there can be other members from the Plenary (inter-ministerial in nature), if they so request.
a) Health Commission made up of experts from Medical Scientific Societies renowned in the field of addictions.
b) Social Commission: made up of experts in social science renowned in the field of addictions (not previously represented in the bodies that are to disappear).
c) Third Sector Commission: made up of representatives from Third Sector Social Action entities (not previously represented in the bodies that are to disappear).
d) Labour Environment Commission: made up of representatives of the employers' associations and the trade unions (it already exists, and is part of the State Council).
The Chairs of these Commissions shall be part of the Plenary which, with representatives from other ministerial bodies, will be created within the Council.
IRM End of Term Status Summary
9. Consejo Español de Drogodependencias
Texto del compromiso:
Creación de un consejo de participación en la definición de las políticas de drogodependencias y otras adicciones.
1.- La creación del Consejo Español de drogodependencias es una medida de racionalización y reorganización de los órganos colegiados dependientes de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, que permitirá la disminución en número de dichos órganos, al tiempo que el incremento de la participación en la definición de las políticas de drogas de sectores hasta ahora no representados en ninguno de dichos órganos, cumpliendo así con las recomendaciones de NNUU y de la UE de fomentar la participación de la sociedad.
2.- La creación se efectúa dentro de la tramitación parlamentaria de la Ley de Reforma del Sector Público, al tiempo que se extinguen el Grupo Interministerial del Plan Nacional sobre Drogas y el Consejo Asesor del Observatorio Español sobre Drogas y Toxicomanías.
3.- Una vez aprobada la Ley referida en el punto anterior, se procederá a desarrollar reglamentariamente la composición de dicho Consejo Estatal mediante Real Decreto.
4.- La previsión en este momento es que el Real Decreto que desarrolle los aspectos relativos al Consejo Estatal, incorpore cuatro grupos de trabajo permanentes y un plenario […]
Los Presidentes de estas Comisiones formarán parte del plenario que, con representación de otros órganos ministeriales, se creará en el seno del Consejo.
Institución responsable: Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad; Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas.
Instituciones de apoyo: Ninguna especificada
Fecha de inicio: 1/1/2014 Fecha de cierre: 31/12/15
Objetivo del compromiso
La participación no gubernamental en este sector arranca en 2000 con el diseño de la primera estrategia nacional de drogas y en el 2005 se crean dos foros participación social sin carácter legal o institucional. La finalidad de este compromiso es institucionalizar estas experiencias con un Consejo Nacional que permita la representación de actores sociales en este sector de política pública. Específicamente el objetivo principal con la creación del Consejo Español de drogodependencias es doble:
a) Por un lado, se trata de una medida de racionalización y reorganización de los órganos colegiados dependientes de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas. Con la constitución de ese Consejo se buscó al mismo tiempo la extinción de dos órganos: el Grupo Interministerial del Plan Nacional sobre Drogas y el Consejo Asesor del Observatorio Español sobre Drogas y Toxicomanías. El nuevo Consejo reemplazará funcionalmente estos órganos.
b) Y por otro, se trata de una medida para incrementar la participación de sectores antes no representados formalmente en dichos órganos para la definición de las políticas de drogas, como vía fomentar la participación de la sociedad en atención a recomendaciones internacionales en la materia. El Consejo tendrá un total de 34 vocalías, 16 de las cuales son de:
a. representantes de la comunidad científica en ciencias experimentales (4) y de las ciencias sociales (4).
b. representantes de organizaciones privadas sin ánimo de lucro al nivel nacional (4)
c. representantes de organizaciones gremiales empresariales de ámbito nacional (2), y
d. representantes de organizaciones sindicales de ámbito nacional (2).
Cumplimiento
Medio término: Sustancial
En el informe de avance se dio a este compromiso un avance sustancial. Respecto al primer hito, el Consejo se conformó el 16 de septiembre de 2014, con la Ley 15/2014 de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa (artículo 20). No obstante, su efectiva puesta en marcha y funcionamiento interno dependería necesariamente de un desarrollo reglamentario que al momento del informe de avance estuvo aún en trámite. Este reglamento se aprobó el 12 diciembre 2015 y fue publicado en el Boletín Oficial del Estado el 01 de enero de 2016.[Note 62: Ver Real Decreto 1113/2015, de 11 de diciembre, por el que se desarrolla el régimen jurídico del Consejo Español de Drogodependencias y otras Adicciones URL: https://goo.gl/aXzRh0]Aunque con ello se avanzó en este segundo hito, su logro ocurrió fuera del primer año de implementación del informe de avance. Además, no se habían constituido ni celebrado sesiones los grupos de trabajo permanentes y el grupo plenario que se indican en la redacción original del compromiso.
Fin de término: Sustancial
A fin de término, se valora un cumplimiento sustancial para este compromiso. Aunque las acciones específicas vinculadas a los hitos fueron significativas y están ya descritas en el informe de avance, durante el último semestre de 2016 se completaron las siguientes acciones adicionales:
- El 21 de marzo de 2016, se publicó resolución ministerial de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad por la que se nombra a los miembros del Consejo Español de Drogodependencias y otras Adicciones[Note 63: Se respeta el número y origen de los mismos, en atención al reglamento Véase https://goo.gl/yUF5Xd]. Este nombramiento atiende a lo establecido en la Ley y en el compromiso del plan de acción respecto de los 16 vocales del “sector social”.
- El 8 de junio de 2016, se hace pública una nota de prensa que anuncia la sesión constitutiva y la puesta en marcha de este Consejo[Note 64: Véasehttps://goo.gl/F2L678] así como de la futura creación de los grupos de trabajo.
En esta nota de prensa, no se informa de los vocales participantes, ni si la sesión constitutiva también dio pie a una sesión del grupo de trabajo plenario.[Note 65: Sobreestetema se destacóenlacitada nota deprensa (8 dejunio) que: “(…) el Delegado del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, Francisco Babín, ha explicado que el Consejo contempla su funcionamiento a través de grupos de trabajo especializados de carácter permanente imprescindibles como generadores de espacios para el debate y la reflexión sobre la manera de abordar todas las facetas de las adicciones. En este sentido, el Delegado del Gobierno se ha mostrado convencido de que dichos grupos mejorarán la eficiencia del trabajo del Consejo ya que asumirán funciones parcelares llevadas a cabo por órganos (…) que se han extinguido con la creación de este Consejo.” VéaseNoadeprensa. https://goo.gl/F2L678]El investigador IRM no encontró evidencia de que se hubieran constituido ni celebrado con posterioridad sesiones los grupos de trabajo permanentes que se indican en la redacción original del compromiso. Tampoco encontró evidencia de que se hubiesen celebrado sesiones del Consejo al pleno.[Note 66: Esta noticia se hizo eco en algunos diarios de internet y blogs especializados del sector (véase Diario La Informaciónhttps://goo.gl/iTqwB6, Correo Farmacéuticohttps://goo.gl/gmzMIM, Redacción Médicahttps://goo.gl/2Eb9he, FEAD https://goo.gl/T7cdT9 ), peroendichasnoticiassóloreplicabanlainformacióncontenidaenla nota de prensa . Véase https://goo.gl/F2L678, la nota deprensatieneunaerrataenlafecha, no es 8 demarzo 2016, sino 8 dejuniode 2016.]
¿Se avanzó en la apertura del gobierno?
Participación ciudadana: Marginalmente
A la fecha de elaboración de este informe de término, el avance de este compromiso da cuenta de un órgano constituido legalmente, con un reglamento en vigor y con el nombramiento público de todos sus vocales miembros. También da cuenta de la conformación de un órgano con representación formal de otros actores fuera del gobierno, que podrán participar dentro de este Consejo en el desarrollo y análisis de las políticas de este sector. De acuerdo con una entrevista telefónica realizada a una OSC con representación en el Consejo, se ha confirmado que sólo ha celebrado la reunión de constitución indicada en la nota de prensa, y que “falta todo por hacer”. Una cuestión clave positiva es que, en su calidad de vocales, los representantes de “sector social” tendrán derecho de voto en este Consejo. Por otro lado, se esperaba que la formalización de esta participación, además de reducir costes, materializara un espacio más representativo y participativo para la toma de decisiones en la definición de políticas públicas, y que esta misma cuestión se definiera al nivel reglamentario. No obstante, el reglamento del Consejo no define este tipo de espacios, y remite a la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público.
Por las razones expuestas, el investigador MRI valora el avance de este compromiso marginal para la participación ciudadana. Sin embargo, el Consejo es un órgano de representación sobre el que, pese a estar ya diseñado, no está claro aún que en su funcionamiento interno futuro se puedan generar espacios u oportunidades para que públicos más amplios, efectivamente, participen o influyan en la toma de decisiones.[Note 67: En su reglamento no se asume tal posibilidad, y en sus normas de funcionamiento (artículo 6) remite a la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público (artículo 17 y 18), que regula las convocatorias, las sesiones y las actas de este tipo de órganos colegiados, y que no toma en cuenta estas cuestiones vinculadas a la apertura de espacios para el debate y la toma de decisiones participativas.]
¿Se llevó adelante?
A fecha de elaboración de este informe, el gobierno de España no había publicado un documento borrador o versión definitiva del III Plan de Acción en gobierno abierto. Dado lo anterior, no ha sido posible para el investigador IRM saber si el mismo contendrá algún compromiso que avance asociado a este compromiso. A fin de completar este compromiso y brindarle una dimensión más participativa, se recomienda:
- Definir y hacer públicas el nombre, objetivos estratégicos, metas e indicadores asociados de los cuatro o más grupos permanentes que serán conformados, así como los integrantes del grupo plenario.
- Hacer transparente el quehacer de este Consejo, publicando las actas de las reuniones celebradas por los distintos grupos de trabajo y el grupo plenario.
Asimismo, se reiteran las recomendaciones del informe de avance:
- Explorar herramientas para incrementar la participación ciudadana en la toma de decisiones y en el trabajo cotidiano del Consejo y sus respectivos grupos permanentes, como medio para potenciar “desde la base” esta medida, y abrir su quehacer.
- Paralelamente, se recomienda articular mecanismos de participación que permitan una adecuada coordinación con los distintos consejos locales y autonómicos sobre drogodependencias ya conformados.